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Derecho de familia

Separaciones

Si considera que su matrimonio se ha roto, por las razones que procedan puede consultar en el bufete de abogados. Recibirá un trato confidencial y le ayudaremos a adoptar las soluciones más efectivas y rápidas, para acometer las separaciones matrimoniales. El matrimonio es un vínculo o contrato civil, que une a dos personas, para crear una vida en común, con los derechos y obligaciones que la Ley determina. A veces, el matrimonio no funciona o fracasa por diversos motivos que llevan a las separaciones de la pareja, siendo lo mas práctico en estos supuestos, el acudir al sistema legal de separaciones matrimoniales.

    La figura jurídica de las separaciones matrimoniales está pensada para que los cónyuges, una vez finalizada la vida en común, tengan la oportunidad de reflexionar sobre la ruptura temporal o definitiva de su matrimonio.

     Si está pensando en acometer su separacion, debe saber que los efectos que legalmente tendrá la nueva situación son, entre otros: el cese de la vida en común, la extinción del régimen económico de bienes gananciales (si la hubiere), la revocación si existiesen poderes recíprocos, el uso y disfrute de la vivienda conyugal, la patria potestad de los hijos, así como la guardia y custodia de los mismos, estableciendo las pensiones que resulten de su particular situación familiar, de alimentos a favor de sus hijos y compensatoria a favor de uno de los cónyuges. Para ello debe estar bien asesorado por un abogado matrimonialista. En nuestro despacho te ayudamos a gestionar todos los trámites y protegemos tu derecho para que esta situación te deje lo mejor posible. Contacto

Divorcio

Si está pensando en divorciarse  en nuestro gabinete le  asesoramos en todos los trámites del divorcio. Éstos trámites tienen como consecuencia el cese de la vida en común, la extinción del régimen económico de bienes gananciales, la revocación de los poderes de representación (si los hubiere), el uso y disfrute del domicilio conyugal para uno de los cónyuges, la patria potestad de los hijos menores, así como la guarda y custodia y, finalmente el establecimiento de las pensiones de alimentos a favor de los hijos habidos en el matrimonio y la pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges, si procediese.

Infórmese de los pasos a seguir, sus dudas serán resueltas velando siempre por sus intereses, y ofreciéndole un trato estrictamente confidencial.

La reciente reforma de la figura legal de los divorcios, modifica las condiciones para proceder la ruptura del matrimonio, bastando simple y llanamente el que, uno de los cónyuges sino desea continuar casado, manifieste su voluntad, sin que el otro cónyuge o un juez se pueda oponer. Desaparecen, por tanto, las causas que justifiquen la decisión, tales como la infidelidad, el abandono injustificado del hogar, alcoholismo, u otras, que se venían exigiendo antes de la entrada en vigor de la Ley que lo regula.

Otra de las novedades introducidas en el procedimiento de los divorcios, es la eliminación de la temporalidad de la separación matrimonial, como paso previo para la iniciación de los tramites de divorcio, por lo que las parejas podrán divorciarse directamente, una vez haya transcurrido el periodo de tres meses desde que contrajeron matrimonio, quedando extinguido el vínculo matrimonial. No lo pienses y ponte en contacto con nosotros .

Discapacidad

Cuando en una familia existen personas con alguna incapacidad o discapacidad, sus padres y familiares tienen una legítima preocupación por su futuro, especialmente cuando ellos falten y no les puedan brindar personalmente ese continuo desvelo. El deseo de estos padres y familiares es garantizarles en todo momento unos cuidados personales y los suficientes recursos para que tengan una calidad de vida asegurada.La Ley otorga a los progenitores y familiares algunos medios de previsión para proteger a ese hijo o familiar necesitado de especial apoyo y afecto; estos medios pueden ser, entre otros: a) hacer un testamento que lo ampare en el aspecto personal y en el patrimonial, ampliando la legítima con el tercio de mejora y/o el de libre disposición; b) designarle tutor; c) determinarle una sustitución fideicomisaria que podrá gravar la legítima estricta en su beneficio; d) donarle o legarle un derecho de habitación sobre la vivienda habitual del progenitor, que no se computará para el cálculo de las legítimas, cuando convivía con el testador; e) legarle el usufructo de determinados bienes, dejando la nuda propiedad para los hermanos y, mientras viva, obtendrá los frutos y rentas que produzcan los bienes, pero sin poder venderlos. Cuando fallezca, los hermanos consolidarán la plena propiedad.

Si es el caso de que en el seno de tu familia tienes algún miembro con necesidades de protección no dudes en ponerte en nuestras manos, juntos prepararemos el futuro y garantizaremos su bienestar. Contacto.

Herencias y sucesiones

Lamentablemente no perduramos en el tiempo y los bienes sí y tarde o temprano nos marcharemos dejando en este mundo nuestros bienes que por ley les corresponden a nuestra familia.

En ocasiones, entre los herederos no hay acuerdos sobre la distribución de las herencias, por lo que, a pesar de lazos próximos de consanguinidad, se plantean conflictos muy complejos. En estos casos se justifica con mayor necesidad la presencia de profesionales que orienten y conduzcan las actuaciones a seguir.

Puede ocurrir que una persona al fallecer, lo haga habiendo otorgado testamento o sin haberlo hecho. Desde el punto de vista legal hay diferencias sustantivas, pues en el primer caso se trata de cumplir la voluntad del causante, mientras que en el segundo, son las disposiciones legales las que suplen dicha voluntad.

Te ofrecemos nuestros servicios para ayudarte en los problemas que se plantean por las sucesiones, nuestra experiencia de más de 18 años nos avala en la resolución de los desacuerdos entre los beneficiarios del legado de nuestra vida. No dudes en preguntarnos . Contacto.

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